La homologación del título de medicina es esencial para los extranjeros no comunitarios que deseen presentar el Examen MIR en España. Este proceso se debe iniciar con tiempo, ya que puede tardar hasta dos años debido a evaluaciones adicionales introducidas en 2014.
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La homologación del título de medicina es un requisito imprescindible para que un ciudadano extranjero y no comunitario pueda presentarse al Examen MIR.
Desde el año 2010 se exige tener el título ya homologado en el momento de efectuar la inscripción al examen (habitualmente a finales de Septiembre).
En el Real Decreto 967/2014 de 21 de noviembre (Ver documento ) se regula la homologación y convalidación de estudios extranjeros con el grado español de Medicina, introduciendo cambios en el procedimiento de homologación. Se añadieron nuevos requisitos a los anteriormente existentes, incluyendo la necesidad de que la ANECA ( Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación) emita un informe argumentado favorable a la homologación. A partir de ese momento, entre otros requisitos, se hizo necesaria la convalidación de créditos de investigación realizados durante los estudios del solicitante (equivalentes al trabajo de fin de Grado de los médicos españoles).
El actual proceso con los nuevos requisitos para la homologación ha extendido el tiempo necesario para obtener este documento hasta 2 años. Al tratarse de un documento imprescindible para la inscripción en el examen MIR, se recomienda, por tanto, iniciar su solicitud lo antes posible.
Puede descargar el modelo de solicitud de reconocimiento de títulos obtenidos en la Unión Europea para el ejercicio de las profesiones reguladas por la directiva 2005/36/CE desde aquí.
Todos los ciudadanos extranjeros y no comunitarios que deseen estudiar en España por más de 90 días deben solicitar y obtener un Visado de Estudio.
La solicitud de este visado (que es un visado de larga duración) debe presentarse mediante un impreso de solicitud debidamente cumplimentado que puede ser obtenido gratuitamente en las Misiones Diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero y el tiempo de resolución del expediente es de al menos 1 mes a partir de la fecha de solicitud.
El visado de estudios NO es suficiente para permanecer en España durante el período de duración de los estudios. El alumno necesitará solicitar además la tarjeta de estudiante, en el plazo de un mes desde la entrada a España y el Número de Identificación de Extranjeros (NIE). Si el alumno necesita información sobre los cursos que va a realizar para solicitar estos dos documentos oficiales, la Academia puede facilitársela.
La tarjeta de estudiante es una autorización de estancia en España para realizar estudios y se tiene que solicitar una vez que el alumno esté en España ante la Oficina de Extranjeros, Jefatura Superior o Comisaría de Policía de la localidad donde vayas a residir. Estos organismos dependen del Ministerio del Interior.
Para una información más detallada, sobre los trámites y la documentación necesaria para llevar a cabo este procedimiento, se recomienda acceder a las siguientes fuentes:
Para HOMOLOGAR en España su título se necesitan los siguientes documentos:
Este proceso tardará como mínimo nueve (9) meses que incluso puede extenderse hasta quince (15), según criterio administrativo.
La Entidad que determina homologar títulos de educación superior extranjeros a títulos universitarios españoles es el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
La Dependencia asignada para la homologación de Títulos es la Subdirección General de Títulos, Convalidaciones y Homologaciones, quienes en un lapso de 1 a 3 meses determinan si los documentos entregados son viables. Una vez cumplido este requisito pasan al Consejo Universitario, quienes determinan si el Estudiante es:
NOTA: Según concepto del Ministerio de Educación el estudiante Homologado Condicionado, deberá presentar el examen de conjunto, para completar el proceso de Homologación; Este deberá ponerse en contacto con una Universidad de España para iniciar el proceso.
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